Los certificados de profesionalidad pasan a denominarse Certificados Profesionales
Descripción
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Referencia60114
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Descripción
Registro y expedición de Certificado Profesional, acreditación parcial acumulable o de un duplicado.
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TasaNo requiere el pago de tasas
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Más información
Destinatarios
Personas que acrediten poseer las unidades de competencia que componen un Certificado Profesional.
Requisitos
- Para solicitar un Certificado Profesional es necesario encontrarse en alguno de los siguientes supuestos:
- Haber superado todos los módulos que componen un Certificado Profesional impartidos en cursos de formación profesional para el empleo.
- Haber obtenido la acreditación de todas las unidades de competencia contenidas en una cualificación profesional asociada a un Certificado Profesional a través de un procedimiento de acreditación de competencias profesionales a través de la experiencia laboral u otras vías no formales e informales.
- Haber obtenido una certificación académica oficial de estudios incompletos correspondiente a los módulos profesionales superados en el sistema educativo de Formación Profesional.
- Se podrá solicitar la acreditación parcial acumulable de las unidades de competencia asociadas a los módulos formativos que se han superado cuando no se hayan completado todos los módulos que componen el certificado profesional.
Documentación a presentar
Ten en cuenta
Las solicitudes presentadas a partir del 23 de diciembre de 2022 no tienen que abonar una tasa.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid:
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Documento acreditativo de la Comunidad de Madrid en el que se refleja la evaluación positiva (del ámbito laboral o educativo LOE-LOMCE) en los módulos formativos correspondientes.
- En su caso, documento acreditativo de la Comunidad de Madrid de haber realizado el módulo de formación práctica en centros de trabajo o de haber sido declarado exento de su realización.
- Documento acreditativo de haber demostrado poseer las Unidades de competencia solicitadas en procedimientos de reconocimiento de la experiencia laboral convocados por la Comunidad de Madrid (RD 1224/2009, de 17 de julio).
- Documento acreditativo de tener unidades de competencia inscritas en el Registro Nacional de Certificados de Profesionalidad por otras administraciones laborales (estatal o autonómicas).
- Otros documentos
- Autorización de representación
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Documento Nacional de Identidad
- Títulos no universitarios
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
Presentación digital
Para realizar este trámite por medios electrónicos necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Pulsa Tramitar y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa Cumplimentar y accede a tu Cuenta Digital.
- Rellena el formulario. Si no finalizas su cumplimentación, queda guardado como borrador en Mis Gestiones.
- Adjunta los documentos y, para finalizar, pulsa Firmar y enviar solicitud.
Una vez enviada la solicitud, puedes consultar su estado en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital.
Presentación presencial
Puedes realizar este trámite de forma presencial, salvo que seas una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
Pulsa Tramitar y sigue estos pasos:
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Prepara la documentación que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa Presentar presencialmente en oficina. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Una vez relleno, pulsa Descargar formulario para descargarlo en formato PDF e imprimirlo.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados para ello.
Recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:
- Electrónica: te enviaremos las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
- Correo certificado: te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
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consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Documentación de interés
Tramitación
El órgano competente comprobará el cumplimiento de los requisitos de la solicitud y documentación acreditativa presentada para su resolución, la cual se notificará a la persona interesada.
Cuando se haya expedido el Certificado Profesional o, en su caso, la acreditación parcial acumulable, se informará a la persona interesada sobre la posibilidad de solicitar cita previa para su recogida.
Se recogerá de manera presencial, acreditando la identidad, o por persona autorizada y acreditada al efecto por la persona interesada.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Seis meses
Normativa
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Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional (BOE nº 174, de 22 de julio)
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Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional (BOE nº 78, de 1 de abril).
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Orden 3681/2008, de 22 de diciembre, por la que se crea el Registro de Certificados de Profesionalidad y Acreditaciones Parciales Acumulables, y se establece el procedimiento para su acreditación, registro y expedición (BOCM nº 12, de 15 de enero)
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).