Última actualización: 08/10/2024
  • Pendiente apertura plazo

    • Fecha de inicio: 17/10/2024
  • En plazo

    • Fecha de inicio: 17/10/2024
  • En tramitación

  • Cerrado

Descripción

  • Referencia
    L172
  • Descripción

    Solicitar la convalidación para uno o varios módulos formativos de los cursos de monitor de tiempo libre (MTL) o de coordinador en actividades de tiempo libre (CTL), a alumnos que tengan certificado académicamente algún estándar de competencia asociado a los módulos formativos obtenido a través del Sistema de Formación Profesional.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Destinatarios

Alumnados interesados en realizar los cursos de monitor de tiempo libre o de coordinador en actividades de tiempo libre.

Requisitos

  1. Tener un certificado que acredite haber superado algún estándar de competencia asociado a los módulos formativos de los cursos de monitor de tiempo libre o de coordinador en actividades de tiempo libre, obtenido a través del Sistema de Formación Profesional.
  2. Si la resolución es estimatoria y decides hacerla efectiva, deberás presentar dicha resolución en la escuela de tiempo libre en la que te matricules para que conste en tu expediente.
     

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  • Certificado académico acreditativo de tener superado el estándar de competencia o módulo profesional.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  • DNI, NIE o  la tarjeta de identificación de extranjeros (TIE).

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Selecciona una de estas dos opciones:
    1. Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
    2. Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  4. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Para consultas sobre este trámite, dispones del correo electrónico: escuelas_tiempo_libre@madrid.org

Documentación de interés

Tramitación

La Dirección General competente en materia de juventud autorizará, la convalidación de los módulos, debiendo resolver la solicitud en el plazo máximo de 2 meses.

Esta Dirección General, dictará la resolución de convalidación y la notificará a la persona interesada.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

2 meses.

Efecto del silencio
Estimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Orden 2560/2024, de 04 de septiembre , de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se regulan los cursos con diploma oficial a impartir por las escuelas de tiempo libre en la Comunidad de Madrid.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Viceconsejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Dirección General de Juventud

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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