Descripción
-
ReferenciaL61
-
Descripción
Realizar la solicitud para el reconocimiento de servicios prestados del personal docente en centros docentes públicos no universitarios.
Se debe dirigir la solicitud a la Dirección de Área Territorial donde la persona interesada preste servicios en la actualidad. -
TasaNo requiere el pago de tasas
Requisitos
Personal docente en centros docentes públicos no universitarios.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos que se aportan junto a la solicitud:
- Certificaciones de servicios prestados
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Normativa
- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. (BOE nº 261, de 31 de octubre)
- Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 96, de 24 de abril)
- Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública
- Real Decreto 1461/1982, de 25 de junio, por el que se dictan normas de aplicación de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre
- Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía.
- Resolución de 14 de junio de 2010, del Director General de Recursos Humanos, por la que se delegan competencias en los titulares de las Direcciones de Área Territoriales y de los centros docentes públicos no universitarios dependientes de la Consejería de Educación
- Resolución de 7 de abril de 2022, del Director General de Recursos Humanos, por la que se publican los modelos de formularios telemáticos de los procedimientos administrativos “Certificado de servicios prestados para personal laboral en centros docentes públicos no universitarios”, “Reconocimiento de servicios prestados del personal docente en centros docentes públicos no universitarios” y “Cambio de situación administrativa personal docente no universitario” (BOCM nº 93, de 20 de abril)
Órgano responsable
Te puede interesar
Reconocimiento de servicios prestados para personal no docente
26 octubre 2010Certificado de Servicios Prestados del personal funcionario de Justicia
15 noviembre 2017- 20 abril 2022
Certificado de Servicios Prestados para funcionarios de carrera e interinos no docentes
24 abril 2005Pago por los servicios prestados del personal experto facilitador
30 julio 2024
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).