Última actualización: 03/10/2024

Descripción

  • Referencia
    89239
  • Descripción

    Ayudas al almacenamiento privado de carne fresca o refrigerada de la especie bovina de ocho meses o más.

    Los importes de ayuda para el almacenamiento se han fijado por anticipado para cada uno de los periodos de almacenamiento de los productos:

    • 1008 €/t para el periodo de almacenamiento 90 días
    • 1033 €/t para el periodo de almacenamiento 120 días
    • 1058 €/t para el periodo de almacenamiento 150 días.
  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Requisitos

Podrán optar a la ayuda al almacenamiento de carne de bovino, todos aquellos agentes económicos que presenten solicitudes ante las autoridades competentes de las comunidades autónomas donde radique el almacén frigorífico en el que se vayan a almacenar los productos.

La cantidad mínima admisible por la que se puede presentar una solicitud de ayuda es de 10 toneladas de carne fresca o refrigerada que aún no hayan sido almacenadas.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario.
  2. Documentación que figura en el formulario. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos.

Para ello necesitas disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Abona la tasa y guarda el justificante de pago.
  3. Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
  4. Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Puedes darte de alta accediendo a este enlace.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
  • consultar su estado de tramitación.

Si deseas más información sobre tramitación electrónica pulsa este enlace.

   

Documentación de interés

Reglamento de ejecución (UE) 2020/596
Descargar
522.08 KB

Tramitación

Plazo de presentación de solicitud de ayuda a partir del 7 de mayo de 2020.

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
Dirección General de Agricultura Ganadería y Alimentación

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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