Descripción
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ReferenciaE5606
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Descripción
Inscripción en el segundo bloque de la bolsa única permanentemente abierta para la selección de personal laboral temporal correspondiente a la categoría de Educador (especialidad de Educador de centros de Educación Infantil), Grupo III, Nivel 6, Área C, de la Comunidad de Madrid.
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TasaNo requiere el pago de tasas
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Plazas convocadas
Grupo III, Nivel 6, Área C
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Forma de acceso
Bolsa de empleo
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TitulaciónTítulo de Técnico Superior en Educación Infantil - Formación Profesional de Grado Superior, Familia Profesional Servicios Socioculturales y a la ComunidadTítulo de Técnico Especialista en Jardines de Infancia - Formación Profesional de Segundo Grado, Rama Servicios a la ComunidadTítulo de Técnico Especialista en Educador Infantil - Módulo Profesional de Nivel III, rama Servicios a la Comunidad
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Sistema de selección
Concurso de méritos
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 30/04/2025 Fecha de fin: 30/05/2025
Personas destinatarias
Cualquier persona que ostente la titulación de Educación Infantil y que no figure en el primer bloque de la bolsa de la categoría de Educador (especialidad de Educador de centros de Educación Infantil), Grupo III, Nivel 6, Área C, de la Comunidad de Madrid.
Requisitos
- Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder de la edad legal de jubilación.
- Nacionalidad: debe concurrir alguna de las siguientes circunstancias:
- Tener la nacionalidad española.
- Ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea.
- Ser cónyuge de persona española o nacional de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea tu nacionalidad, siempre que no estés separado de derecho.
- Ser descendiente de persona española o nacional de otros Estados miembros de la Unión Europea, menor de 21 años o mayor de dicha edad dependiente.
- Ser nacional de algún Estado al que le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
- Personas extranjeras no incluidas entre las anteriores, con residencia legal en España.
- Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la categoría profesional y especialidad.
- No haber sido separada mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas.
- No estar inhabilitada para empleo o cargo público por resolución judicial.
- Si eres nacional de otro Estado, además debes cumplir los dos requisitos anteriores en tu país.
- Estar en posesión de cualquiera de las siguientes titulaciones:
- Título de Técnico Superior en Educación Infantil (Formación Profesional de Grado Superior, Familia Profesional Servicios Socioculturales y a la Comunidad).
- Título de Técnico Especialista en Jardines de Infancia (Formación Profesional de Segundo Grado, Rama Servicios a la Comunidad).
- Título de Técnico Especialista en Educador Infantil (Módulo Profesional de Nivel III, rama Servicios a la Comunidad).
- En cuanto a las titulaciones obtenidas en el extranjero, estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación. No se aplica a quienes cuenten con el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.
- Presentar certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales. Siempre que esa información esté disponible en la plataforma de intermediación de datos de las Administraciones Públicas, se obtendrá de oficio, salvo que te opongas a ello, en cuyo caso debes aportarla.
- Las personas de nacionalidad distinta de la española deben presentar, además de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales referida al Estado español, la certificación negativa de condenas penales expedida por las autoridades de su país de origen o de donde sean nacionales. Si no está redactado en lengua castellana, debe acompañarse de su traducción oficial o jurada, realizada por traductor jurado o validada por el consulado u oficina diplomática correspondiente.
- No poseer la condición de personal laboral fijo de la Comunidad de Madrid en la categoría profesional y especialidad a que se refiere esta convocatoria.
Los requisitos se deben cumplir a fecha del último día del plazo de presentación de la solicitud de admisión y mantenerse durante todo el período de permanencia en la bolsa.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Para los NO nacionales: Pasaporte o tarjeta de residente comunitario o visado o vínculo de parentesco.
- Para los NO nacionales: Titulación exigida en la convocatoria con la credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.
- Para los NO nacionales: Declaración responsable de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena que impida el acceso a la Función Pública.
- Para los NO nacionales: Certificación negativa de condenas penales, respecto de los delitos relacionados en el apartado 1 del artículo 3 (Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales, art. 9.3).
- Titulación exigida en la convocatoria.
- Certificación de servicios prestados expedida por el órgano competente.
- Informe de la vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
- Diplomas o certificados de aprovechamiento de los cursos de formación, expedidos por el órgano competente que corresponda.
- Documento de otorgamiento de la representación, en su caso.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- DNI o NIE.
- DNI o NIE del representante.
- Titulaciones académicas oficiales que consten en el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, obtenidas a partir del año 1991.
- Documentación acreditativa del grado de discapacidad.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Certificación del Registro Central de Delincuentes Sexuales.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:
- Área de plantillas y personal laboral en centros docentes
- Dirección: Calle Santa Hortensia, número 30, planta 4
- Correo electrónico: plaboral.rrhh@madrid.org
Tramitación
- Una vez valorada la documentación y méritos aportados la Dirección General de Recursos Humanos dictará resolución de aprobación de la relación provisional de personas que integrarán el segundo bloque de la bolsa única permanentemente abierta, así como una relación provisional de las excluidas, con indicación de la causa de exclusión. Abriendo un plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos), a partir del siguiente al de su publicación, para presentación de las alegaciones que estimen oportunas.
- Trascurrido el plazo de alegaciones y examinadas y valoradas las mismas, se elaborará el listado definitivo de la bolsa única permanentemente abierta por orden de puntuación, entrando en vigor al día siguiente a su publicación.
- La lista definitiva de personas integrantes del segundo bloque será objeto de actualización de acuerdo con la periodicidad establecida en la resolución.
A partir de la publicación del listado inicial de integrantes se podrá presentar la solicitud de admisión o de actualización de los méritos y de modificación de zonas geográficas en cualquier momento. Salvo en el caso de las personas candidatas que hayan sido contratadas, las cuales podrán presentarla a partir del día siguiente al cese.
Normativa
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Resolución de 9 de abril de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se aprueba y publica la constitución del segundo bloque de la bolsa permanentemente abierta de trabajo temporal de la categoría profesional de Educador (Educación Infantil), Grupo III, Nivel 6, Área C, de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 101, de 29 de abril).
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Resolución de 12 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del Convenio Colectivo Único para el Personal Laboral al Servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid (2025-2028) (BOCM nº 305, de 23 de diciembre).
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Resolución de 24 de enero de 2023, de la Directora General de Función Pública, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de 19 de enero de 2023, de la comisión paritaria de desarrollo, interpretación, vigilancia y aplicación del convenio colectivo para el personal laboral al servicio de la administración de la Comunidad de Madrid (2021-2024), por el que se establecen las condiciones de constitución y el procedimiento de gestión de las bolsas únicas permanentemente abiertas de trabajo temporal de personal laboral (BOCM nº 31 de 6 de febrero).
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).