Descripción
-
Referencia272225
-
Descripción
Obtención de una comunicación oficial en la que conste la equivalencia de la superación de determinados estudios o pruebas de acceso a otras enseñanzas, con el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o el título de Bachiller.
Estas equivalencias pueden ser:
-
A efectos profesionales: acceso a puestos de trabajo, inscripción en oposiciones o promoción laboral.
-
A efectos académicos: matrícula en enseñanzas para las que es requisito estar en posesión de un título.
-
-
TasaNo requiere el pago de tasas
Destinatarios
Personas que no dispongan de los títulos de Educación Secundaria Obligatoria o de Bachiller.
Requisitos
- Residir en la Comunidad de Madrid.
- Acreditar la superación de otros estudios o pruebas de acceso a otras enseñanzas, de acuerdo a los siguientes supuestos:
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el acceso a la aplicación.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Documento identificativo equivalente al documento de identidad.
- Título de Graduado Escolar o certificado sustitutorio emitido por la Administración educativa.
- Título de Graduado en Educación Secundaria o certificado sustitutorio emitido por la Administración educativa.
- Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o certificado sustitutorio emitido por la Administración educativa.
- Título de Bachillerato Unificado y Polivalente (BUP).
- Título de Técnico en Formación Profesional.
- Otras titulaciones oficiales anteriores a la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa.
- Documentación que acredite haber superado las pruebas de acceso a la universidad para mayores de veinticinco años, a la Formación Profesional o a las Enseñanzas de Régimen Especial.
- Certificación académica oficial emitida por la universidad correspondiente de haber superado, al menos, quince créditos ECTS de los estudios universitarios.
- Certificación académica oficial del Curso de Orientación Universitaria (COU).
- Certificación académica oficial en la que consten los estudios cursados (en caso de estudios incompletos).
- Otras certificaciones académicas oficiales de los estudios cursados.
- En caso de actuar mediante representante, documento de otorgamiento de la representación.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- NIF/NIE
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
Presentación digital
Para realizar este trámite por medios electrónicos necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Pulsa Tramitar y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa Cumplimentar y accede a tu Cuenta Digital.
- Rellena el formulario. Si no finalizas su cumplimentación, queda guardado como borrador en Mis Gestiones.
- Adjunta los documentos y, para finalizar, pulsa Firmar y enviar solicitud.
Una vez enviada la solicitud, puedes consultar su estado en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital.
Presentación presencial
Puedes realizar este trámite de forma presencial, salvo que seas una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
Pulsa Tramitar y sigue estos pasos:
-
Prepara la documentación que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa Presentar presencialmente en oficina. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Una vez relleno, pulsa Descargar formulario para descargarlo en formato PDF e imprimirlo.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados para ello.
Recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:
- Electrónica: te enviaremos las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
- Correo certificado: te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
-
consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Para dudas y consultas, puedes contactar a través del correo electrónico: ordenacion.rg@madrid.org
Documentación de interés
Tramitación
Una vez comprobada la documentación aportada se indicará si corresponde el reconocimiento de la equivalencia, con carácter informativo y sin que este documento suponga una resolución administrativa.
En caso de que la solicitud no incluyera la documentación oportuna se te enviará una petición especificando la documentación que debes aportar.
Normativa
- Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. (BOE nº 146, de 17 de junio)
Órgano Responsable
Te puede interesar
Equivalencia de estudios con el título de Graduado Escolar
07 julio 2015- 24 abril 2005
Modificación o renovación del título de Familia Numerosa
06 noviembre 2024- 17 diciembre 2021
- 28 febrero 2022
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).