Última actualización: 30/04/2025
  • Pendiente apertura plazo

    • Fecha de inicio: 05/05/2025 Fecha de fin: 09/06/2025
  • En plazo

    • Fecha de inicio: 05/05/2025 Fecha de fin: 09/06/2025
  • En tramitación

    Fecha de inicio: 05/05/2025 Fecha de fin: 09/06/2025

  • Cerrado

Descripción

  • Referencia
    F110
  • Descripción

    Inscripción para realizar la prueba de clasificación para el acceso a las Escuelas oficiales de Idiomas durante el curso 2025-2026.

  • Tasa
    Requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 05/05/2025 Fecha de fin: 09/06/2025

Personas destinatarias

  1. Personas que no han estado matriculados en una escuela oficial de idiomas, en ninguna de sus modalidades.
  2. Alumnos oficiales matriculados en una escuela oficial de idiomas que deseen cursar un idioma diferente.
  3. Antiguos alumnos oficiales que no han formalizado matrícula en los dos años inmediatamente anteriores al año en el que se solicita la admisión.
  4. Alumnos oficiales que desean trasladar su expediente a otra escuela oficial de idiomas de la Comunidad de Madrid.
  5. Alumnos del programa That’s English! que desean matricularse en la modalidad presencial en una escuela oficial de idiomas distinta de aquella en la que cursan este programa de inglés a distancia.
  6. Alumnos que proceden de otras Comunidades Autónomas y deseen matricularse en una escuela oficial de idiomas de la Comunidad de Madrid.

Requisitos

  1. Tener 16 años cumplidos en 2025.
  2. Tener 14 años cumplidos en 2025 para seguir las enseñanzas de un idioma distinto del cursado en la Educación Secundaria Obligatoria como primera lengua extranjera.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás la aplicación.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Inscripción en la prueba de clasificación.
  2. Solicitud de adaptación para la realización de la prueba de clasificación (Solo para quienes lo soliciten habiendo acreditado la discapacidad).
  3. Copia del modelo 030 que justifique el pago del precio público establecido, para la realización de la prueba de clasificación.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  • DNI

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

  • Tarjeta de discapacidad de la Comunidad de Madrid

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, puedes identificarte por alguno de los siguientes medios:

  1. Autenticación Cl@ve:
  2. Autenticación - @SCV, con usuario y contraseña previo registro
  3. Autenticación - Roble/Raíces, con usuario y contraseña.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede a la aplicación.
  3. Sigue las indicaciones de cumplimentación, de anexado de documentos (si se requieren) y de abono de la tasa, así como de presentación electrónica o presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  4. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

  

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
Viceconsejería de Política y Organización Educativa
Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

¿Te ha resultado útil esta información?

Ayúdanos a mejorar.

Con la información recogida vamos a mejorar este servicio. Gracias por colaborar