Última actualización: 28/11/2024

Descripción

  • Referencia
    909
  • Descripción

    Documento gratuito que acredita la condición de socio en los Centros de mayores destinados a la prevención de la dependencia y el mantenimiento de una vida activa de las personas mayores.

    Se promueve la convivencia, el apoyo a su integración y el fomento de su participación en diversas actividades. Los centros ofrecen actividades físicas, intelectuales, culturales, artísticas y de ocupación del ocio y tiempo libre, así como la prestación de servicios básicos como la información sobre el acceso a los servicios sociales distribuidos por la Comunidad de Madrid.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas
  • Más información

Requisitos

  1. Ser español o extranjero residente en el territorio de la Comunidad de Madrid, y los transeúntes de asistencia y protección social, siempre que se cumplan los requisitos que el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid determine. Los extranjeros no residentes en la Unión Europea, de acuerdo con lo dispuesto en los vigentes tratados internaciones, en la Ley Reguladora del Derecho de Asilo y de la Condición de Refugiado o conforme se establezca reglamentariamente para los que se encuentren en reconocido estado de necesidad.
  2. Acreditar la residencia en la Comunidad de Madrid durante los dos últimos años, inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud. Este requisito no será exigible a los transeúntes.
  3. Tener cumplidos 60 años en el momento de solicitar el ingreso. Los cónyuges o parejas de hecho podrán acceder cualquiera que sea su edad.
  4. No se podrá acceder al centro en los casos en los que tenga conocimiento de padecer una enfermedad infecto-contagiosa, que pudiera suponer un riesgo para la salud del colectivo de socios y personal del centro, mientras la misma se encuentre en fase activa.
  5. No se podrá ser socio, simultáneamente, de más de un centro.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario.
  2. Documentación que figura en el formulario. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
  3. Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos.
  4. También puedes presentarlo de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  5. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Servicios que se prestan en los centros de mayores:

  • Información, orientación y asesoramiento.
  • Biblioteca y sala de lectura.
  • Actividades culturales, artísticas, recreativas y de ocio.
  • Cafetería y Comedor.
  • Otros servicios relativos a la atención personal de los socios.

Tramitación

  1. Recepción de las solicitudes.
  2. Emisión de carné de socio.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Organismo Autónomo Agencia Madrileña de Atención Social

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

¿Te ha resultado útil esta información?

Ayúdanos a mejorar.

Con la información recogida vamos a mejorar este servicio. Gracias por colaborar