Última actualización: 18/06/2024

Descripción

  • Referencia
    S12
  • Descripción

    Solicitud de traslado voluntario de la plaza de un comedor social a otro dentro de la Red Abierta de Comedores Sociales de la Comunidad de Madrid adscritos a la Agencia Madrileña de Atención Social (AMAS).

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Destinatarios

Personas usuarias de comedores sociales de la Comunidad de Madrid.

Requisitos

  1. Haber transcurrido mínimo 2 meses desde la fecha en la que te incorporaste al comedor.
  2. Obtener el informe favorable del Director/ a del comedor social de procedencia.

Documentación a presentar

Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.

No es necesario aportar documentación junto a la solicitud.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

Presentación digital

Para realizar este trámite por medios electrónicos necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Pulsa Tramitar y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa Cumplimentar y accede a tu Cuenta Digital.
  3. Rellena el formulario. Si no finalizas su cumplimentación, queda guardado como borrador en Mis Gestiones.
  4. Adjunta los documentos y, para finalizar, pulsa Firmar y enviar solicitud.

Una vez enviada la solicitud, puedes consultar su estado en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital.

También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital.

Presentación presencial

Puedes realizar este trámite de forma presencial, salvo que seas una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.

Pulsa Tramitar y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vayas a aportar junto a la solicitud.

  2. Pulsa Presentar presencialmente en oficina. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Una vez relleno, pulsa Descargar formulario para descargarlo en formato PDF e imprimirlo.
  4. Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados para ello.

Recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Si tienes dudas sobre este trámite, escribe a este correo electrónico: comedoressocialesdgss@madrid.org

Documentación de interés

Listado de Comedores
Descargar
403.02 KB

Tramitación

Cuando recibamos la solicitud, recabaremos un informe de las personas responsables de los comedores sobre la conveniencia o no del traslado. Una vez analizado el informe, dictaremos una resolución en la que aceptaremos o denegaremos el traslado de la plaza. 

Si aceptamos el traslado, tendrás 10 días hábiles (lunes a viernes no festivos) para incorporarte al nuevo comedor desde que recibas la notificación del traslado.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

1 mes

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Ley 39/2015, de 01 de octubre , del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Viceconsejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Dirección General de Servicios Sociales e Integración

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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