Descripción
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ReferenciaL169
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Descripción
Los profesionales del deporte que no cumplan los requisitos de titulación establecidos para ejercer una actividad profesional del deporte, pero cuenten con experiencia laboral anterior al 15 de diciembre de 2016, pueden solicitar la habilitación indefinida para continuar el ejercicio de las funciones propias de las profesiones del deporte.
El reconocimiento de la habilitación lo será en dichas funciones, sin que ello suponga ostentar la categoría profesional de que se trate.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 06/06/2024 Fecha de fin: 05/12/2024
Destinatarios
Personas que ejercen funciones propias de las profesiones del deporte desde antes del 15 de diciembre de 2016 y carecen de los requisitos de titulación exigidos.
Requisitos
- Disponer de experiencia laboral anterior al 15 de diciembre de 2016, durante el mínimo de horas establecidas.
- Disponer del certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales y Trata de Seres Humanos.
- Disponer de un seguro de responsabilidad civil que cubra la indemnización por los daños que causen a terceros con ocasión de la prestación de servicios profesionales. La póliza deberá:
- Indicar en su objeto que asegura las previsiones contenidas en el decreto.
- Estar firmada por las partes (asegurador y asegurado).
- Acompañarse de justificante del pago de la prima anual.
- Incluir declaración de la aseguradora de no oponer causas de anulación de responsabilidad sin previa notificación a la Dirección General de Deportes de la Comunidad de Madrid.
- En el caso de pólizas colectivas, deberá incluirse una cláusula que identifique el documento de identidad y nombre completo del solicitante como asegurado, dentro de la póliza colectiva.
- En el caso de haber desempeñado funciones propias de varias categorías profesionales, presentar una nueva solicitud de habilitación indefinida para cada una de ellas. En este caso, los documentos que sean comunes solo se deben aportar en la primera solicitud presentada.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid:
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- En caso de empleado público, documento que acredite dicha condición.
- Cuando se actúe por medio de representante, deberá adjuntarse la preceptiva acreditación de representación.
- Copia de la póliza de Responsabilidad Civil, recibo de pago de la prima anual.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- DNI o NIE del interesado.
- DNI o NIE o NIF del representante.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Selecciona una de estas dos opciones:
- Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
- Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Documentación de interés
Tramitación
Una vez recibida la solicitud, si detectamos que es incorrecta o que faltan documentos, te pediremos que la corrijas (subsanes) en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes no festivos). Si no lo haces, entenderemos que desistes de tu solicitud.
Una vez presentada correctamente, la unidad administrativa correspondiente de la dirección general competente en materia de Deporte realizará las actuaciones necesarias para verificar y comprobar que se cumplen las condiciones necesarias para el ejercicio de determinadas funciones de una profesión regulada, que se hayan declarado en la solicitud.
Si observamos que alguna o algunas de las condiciones exigidas para obtener la habilitación indefinida no se reunieran al presentar la solicitud o dejaran de cumplirse posteriormente, el titular de la dirección general competente en materia de Deporte podrá revocar la habilitación indefinida, mediante una resolución motivada, previa audiencia al interesado.
Todo ello, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección de la Administración, así como, en su caso, la exigencia de responsabilidades en caso de no veracidad de los datos proporcionados que deriven en un ejercicio ilícito de la profesión.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Normativa
- Decreto 57/2024, de 29 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 6/2016, de 24 de noviembre, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en la Comunidad de Madrid, en relación con la comunicación previa y los procedimientos de acreditación para el ejercicio de las profesiones del deporte, así como el aseguramiento de la responsabilidad civil por la prestación de servicios deportivos (BOCM nº 133, de 5 de junio).
- Ley 6/2016, de 24 de noviembre, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en la Comunidad de Madrid (BOE nº 300, de 15 de diciembre).
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).