Última actualización: 16/09/2024

Descripción

  • Referencia
    A259
  • Descripción

    Convocatoria de ayudas destinadas a los investigadores de la modalidad 1 del programa de atracción de talento investigador de la Comunidad de Madrid de 2018 para su contratación y realización de actividades de I+D durante un periodo adicional de un año.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

Destinatarios

Entidades beneficiarias del programa de atracción de talento investigador 2018, que quieran ampliar la ayuda inicial a un quinto año adicional

La presentación de las solicitudes será tramitada por el organismo beneficiario que presentará la candidatura de uno o varios investigadores que cumplan los requisitos indicados. Un mismo investigador únicamente podrá ser incluido como candidato en la solicitud de un organismo.

Requisitos

Requisitos de los investigadores:

  1. Ser investigador modalidad 1 de la convocatoria 2018 talento de la comunidad de Madrid.
  2. Tener contrato en vigor perteneciente a la modalidad 1 (doctores con experiencia) con un organismo beneficiario correspondiente a la convocatoria de Atracción de Talento Investigador, en su modalidad 1, y encontrarse en el último año del periodo inicial de cuatro años en el que fueron contratados.
  3. Se tendrán en cuenta las posibles prórrogas y/o suspensiones de contratos e interrupción de las ayudas que fueron concedidas con anterioridad, de tal manera que la duración de este periodo de un año comenzará a contar una vez finalizadas las ayudas anteriores, desde la fecha del nuevo contrato que se formalizará a tal efecto con el investigador por parte de la entidad beneficiaria.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos que se aportan junto a la solicitud:

  1. CV de cada investigador candidato
  2. Memoria de trayectoria investigadora de cada candidato
  3. Memoria científico-técnica de cada ayuda a solicitar
  4. Memoria económica de cada ayuda a solicitar

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:

  1. Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede a la aplicación.
  3. Sigue las indicaciones de cumplimentación y de anexado de documentos (si se requieren), así como de envío de la solicitud al Registro electrónico.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Tramitación

Correo electrónico para consultas: talento@madrid.org

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

Seis meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Ley 38/2003, de 17 de noviembre , General de Subvenciones

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
Viceconsejería de Universidades, Investigación y Ciencia
Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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